REFERENTE A LAS MULTAS
El artículo nro 4 de la ley 28859 los ciudadanos que figuran en el Padrón de Electores Resididos en el Extranjero tienen el siguiente régimen:
a) Si no asisten a sufragar NO están afectos a la multa por omisión de sufragio.
b) Si no asisten o se niegan a integrar la Mesa de Sufragios están afectos a una multa de 4 750 yenes.
c) Si se niegan a desempeñar el cargo de Miembro de Mesa están afectos a una multa de 4 750 yenes.
Para que vea si es miembro de mesa o sus datos aquí
Más informes en http://www.consuladodelperuennagoya.com/
Sobre los lugares de votación de las prefecturas que corresponden a la jurisdicción del Consulado de Tokio http://www.consuladoperutokio.org/
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